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La entidad Wizink es condenada en costas

La entidad Wizink es condenada en costas

La entidad Wizink es condenada en costas a pesar de allanarse a una demanda de nulidad de contrato de tarjeta revolving.

El Juzgado de Primera Instancia nº38 de Barcelona dictó sentencia el pasado 4 de junio de 2021 por la que estimó la demanda de nulidad del contrato de tarjeta revolving interpuesta por un consumidor frente a Wizink al allanarse esta última. Lo novedoso de la sentencia es que, a pesar de haberse allanado la entidad bancaria, el Juzgado impuso las costas procesales a la misma al no haber contestado a un requerimiento realizado por el consumidor mediante correo electrónico, es decir, sin acudir a la vía tradicional del requerimiento fehaciente como es el burofax.

El juzgador entendió que sí concurre el requisito de mala fe que establece el artículo 395 de la L.E.C. para la imposición de costas en caso de allanamiento del demandado y considera la reclamación extrajudicial mediante correo electrónico como un requerimiento fehaciente, sobre todo, en los casos en los que una de las partes ostente la condición de consumidor.

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